Una reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC) ha generado un cambio importante en la fiscalización del tránsito en Lima. A partir de este fallo, las municipalidades distritales ya no pueden imponer multas vehiculares ni remolcar autos con grúas por mal estacionamiento.
La medida surge tras una demanda presentada por la Defensoría del Pueblo en 2023, que cuestionaba que los municipios excedían sus competencias y aplicaban sanciones fuera del marco del Reglamento Nacional de Tránsito.
Municipios que ya no pueden multar ni usar grúas
El fallo del TC evidenció irregularidades en varios distritos, entre ellos:
- Breña
- El Agustino
- Rímac
- Independencia
- Carabayllo
- La Molina
- Magdalena
- Miraflores
- San Borja
Sin embargo, la decisión no solo aplica a estos distritos, sino a todas las municipalidades distritales de Lima.
¿Qué pasa si igual te multan o se llevan tu vehículo?
Aunque algunas municipalidades aún continúan con estas prácticas, debes saber que:
- Estás protegido por la sentencia del Tribunal Constitucional.
- Puedes impugnar la multa o el remolque.
- El municipio podría ser sancionado por desacato a la Constitución.
Eso sí, esto no significa que estacionar mal esté permitido, ya que sí existen autoridades competentes para sancionar.
¿Quién sí puede multarte o llevarse tu auto?
Tras el fallo, las competencias quedan claras:
- El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) regula el tránsito.
- Las municipalidades provinciales y la Policía Nacional del Perú (PNP) sí pueden imponer sanciones.
Es decir, las infracciones siguen vigentes, pero no pueden ser aplicadas por municipios distritales.

¿Dónde está prohibido estacionar en Perú?
El Reglamento Nacional de Tránsito establece claramente los lugares donde no se puede estacionar:
- Zonas con señalización de prohibición
- Veredas, pasos peatonales y rampas
- Frente a garajes o salidas vehiculares
- En doble fila
- Cerca de obras o zonas de obstrucción
- Dentro de intersecciones
- Frente a instalaciones militares o policiales
- En curvas, puentes, túneles o cruces ferroviarios
- A menos de 10 metros de un cruce o paso peatonal
- En lugares que afecten la seguridad o fluidez del tránsito
Además, si un vehículo permanece estacionado más de 48 horas, puede ser considerado abandonado y trasladado al depósito.
Un cambio que genera debate
Este fallo del Tribunal Constitucional marca un antes y un después en la gestión del tránsito en Lima. Si bien busca evitar abusos y garantizar el respeto a la ley, también abre el debate sobre cómo se controlará el estacionamiento indebido en zonas congestionadas.
Por ahora, lo claro es que las municipalidades distritales ya no pueden multar ni usar grúas, pero las reglas de tránsito siguen plenamente vigentes.