El Decreto Supremo N.° 017-2026-MTC establece un régimen excepcional para reducir determinadas multas en 90 %. La medida contempla plazos de 90 y 180 días, según el tipo de infracción, y excluye las sanciones consideradas más graves.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) oficializó un régimen excepcional que permite reducir hasta en 90 % determinadas multas de tránsito y transporte terrestre. La medida fue establecida mediante el Decreto Supremo N.° 017-2026-MTC y contempla condiciones específicas para que los conductores, transportistas y administrados puedan acogerse al beneficio.

La disposición busca facilitar la regularización de multas pendientes y alcanza distintos estados de los procedimientos administrativos, incluso aquellas sanciones que se encuentran en ejecución coactiva. Sin embargo, no todas las infracciones podrán acceder al descuento.

¿En cuánto se reducen las multas?

El régimen permite una reducción del 90 % del monto de determinadas multas contempladas en el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, el Reglamento Nacional de Tránsito, las normas de los servicios públicos de transporte bajo competencia de la ATU y las ordenanzas de las municipalidades provinciales.

Por ejemplo, una multa de S/ 1.000 que cumpla con las condiciones del régimen podría quedar en S/ 100 después de aplicar el beneficio.

La reducción, sin embargo, está sujeta a los requisitos establecidos por el decreto y no puede aplicarse de manera automática a cualquier infracción.

Estos son los plazos para acceder al descuento

El MTC estableció dos periodos diferentes dependiendo del tipo de sanción:

  • Multas por infracciones de tránsito: hasta 90 días calendario.
  • Multas por infracciones de transporte: hasta 180 días calendario.

Dentro de estos periodos también pueden estar comprendidas multas que se encuentren pendientes de inicio del procedimiento administrativo sancionador, en trámite, firmes, impugnadas o en ejecución coactiva.

Asimismo, el régimen puede comprender las multas impuestas durante el periodo de vigencia establecido por la norma.

¿Qué ocurre cuando la multa está en ejecución coactiva?

El beneficio también contempla a quienes mantienen deudas en cobranza o ejecución coactiva.

En los casos donde se haya realizado un pago parcial, la reducción del 90 % se aplicará sobre el saldo pendiente de pago. Una vez cancelado el monto correspondiente bajo el régimen excepcional, la autoridad competente podrá disponer la conclusión y archivo del procedimiento.

Esto también puede incluir las costas y gastos derivados del procedimiento de cobranza coactiva, cuando corresponda.

¿La multa reducida genera puntos en la licencia?

Uno de los aspectos relevantes de la norma es que las multas canceladas mediante este régimen no generan ni mantienen efectos de acumulación de puntos en la licencia de conducir.

Además, las sanciones canceladas bajo estas condiciones tampoco serán consideradas para determinar situaciones de reincidencia o habitualidad, de acuerdo con las disposiciones establecidas en el decreto.

¿Qué pasa si la multa fue impugnada?

Los conductores o transportistas que hayan presentado un recurso administrativo contra una resolución de sanción deberán presentar el desistimiento correspondiente para poder acogerse al beneficio.

Si existe un proceso contencioso administrativo ante el Poder Judicial, será necesario presentar una copia simple del cargo de la solicitud de desistimiento del proceso y de la pretensión, identificando el número del expediente judicial correspondiente.

Por ello, antes de realizar el pago, es importante revisar en qué situación administrativa se encuentra la multa y qué requisitos adicionales podrían ser necesarios.

No todas las multas tendrán descuento del 90 %

El régimen excepcional no incluye todas las infracciones de tránsito y transporte.

El Decreto Supremo N.° 017-2026-MTC establece determinadas exclusiones, entre ellas infracciones relacionadas con conductas de especial gravedad, informalidad, agresiones contra inspectores y determinados accidentes de tránsito, de acuerdo con las normas aplicables a cada autoridad.

Por esta razón, contar con una multa pendiente no significa automáticamente que el conductor o transportista pueda pagar solo el 10 % de su valor.

¿Se puede combinar este beneficio con otro descuento?

La norma también contempla a las personas que ya se encuentren acogidas a otro régimen de regularización o programa de beneficios.

En estos casos, el administrado podrá optar por el régimen que resulte más favorable para cada multa, pero no podrá combinar o acumular simultáneamente los beneficios de diferentes programas.

La decisión deberá realizarse considerando las condiciones específicas de cada sanción.

¿Qué deben hacer los conductores y transportistas?

El nuevo régimen representa una oportunidad para quienes mantienen multas pendientes, pero es fundamental verificar previamente si la infracción está incluida y cuál es su situación administrativa.

El MTC y las entidades competentes deberán adecuar sus sistemas para permitir el cálculo del monto reducido y facilitar el pago de las multas comprendidas en el régimen.

En ese sentido, antes de efectuar cualquier pago, conviene consultar el estado de la multa, verificar si la infracción está dentro de las excepciones y confirmar el plazo disponible para acogerse al descuento.