El Gobierno oficializó el nuevo estado de emergencia en Lima y Callao mediante el Decreto Supremo N.º 027-2026-PCM, que restringe diversos derechos constitucionales y refuerza las acciones de seguridad en zonas consideradas críticas.
Entre las medidas más comentadas figura nuevamente la prohibición de dos adultos en motocicletas lineales, disposición que busca frenar la acción de bandas criminales.
¿Qué derechos se restringen?
Durante la vigencia del estado de emergencia, pueden verse limitados los siguientes derechos:
- Libertad de tránsito
- Libertad de reunión
- Inviolabilidad del domicilio
- Libertad personal
Según lo publicado en El Peruano, los operativos policiales y militares deben ejecutarse bajo los principios de legalidad y proporcionalidad, con supervisión del Ministerio Público y participación del Poder Judicial.
Refuerzo de la seguridad en Lima y Callao
Las acciones están a cargo de fuerzas integradas conformadas por:
- Policía Nacional del Perú (PNP)
- Fuerzas Armadas
- Serenazgo Municipal
El Comando de Coordinación Operativa Unificada (CCO), liderado por el comandante general de la PNP, centraliza la planificación de operativos y el uso de recursos tecnológicos como:
- Cámaras de videovigilancia
- Drones
- Sistemas de reconocimiento facial
Además, se autorizan:
- Controles de identidad en espacios públicos, viviendas y transporte.
- Intervención de inmuebles en investigaciones policiales.
- Restricción de visitas en centros penitenciarios.
- Incautación de celulares y objetos prohibidos en cárceles.
También se intensifica la fiscalización de mercados ilegales y el decomiso de armas, en coordinación con Sucamec y Osiptel, incluyendo la suspensión de líneas telefónicas vinculadas a delitos.
¿Está prohibido que dos personas viajen en una moto?
Sí. El decreto establece que queda prohibida la circulación de dos adultos en motocicletas lineales (categorías L1 y L3) en zonas de alto riesgo durante el estado de emergencia.

¿Quiénes están exceptuados?
La restricción no aplica para:
- Personal de la PNP, Fuerzas Armadas y Serenazgo
- Cuerpo General de Bomberos
- Personal de salud
- Medios de comunicación
- Casos de fuerza mayor debidamente identificados
Tampoco rige para el traslado de:
- Cónyuge o conviviente declarado conforme a ley
- Hermanos e hijos mayores de edad
- Adultos mayores de 60 años
- Personas con discapacidad inscritas en CONADIS
Multas por incumplimiento
Las sanciones son severas:
- 💰 S/ 660 por primera infracción
- 💰 S/ 1,320 en caso de reincidencia
La Policía Nacional realiza operativos constantes con control de documentos e identificación de pasajeros en puntos estratégicos.
¿La medida es permanente?
No. El decreto establece que la prohibición tiene carácter temporal y su continuidad dependerá de los resultados obtenidos, los cuales serán evaluados y reportados periódicamente a la Presidencia, el Congreso y el Poder Judicial.